La obligatoriedad de la factura electrónica se acerca a raíz de normas como la Ley Crea y Crece, cuyo desarrollo reglamentario sigue pendiente. Esta Ley generaliza el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales (B2B) como medida de digitalización empresarial, así como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sin embargo, la propia norma vincula la obligatoriedad de la facturación electrónica a la aprobación de su desarrollo reglamentario. Una vez se produzca la publicación de dicho reglamento, comenzará a correr el plazo para adaptarse a su contenido:
- Un año a partir de su desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros.
- Dos años para el resto de empresarios y profesionales.
Además, a partir del 1 de enero de 2026 está prevista la entrada en vigor del sistema Verifactu para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
Y el 1 de julio del mismo año para el resto de empresas y autónomos. Impulsado por la Agencia Tributaria en el marco de la Ley Antifraude, este sistema busca impulsar la digitalización y automatización de los procesos de fiscalidad empresarial.
Afecta directamente a empresarios que utilicen aplicaciones informáticas para el cumplimiento de la obligación de facturación, ya que deberán generar un registro de facturación de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura. La Administración recomienda facilitar los registros de facturación a través de un software Verifactu o, en su defecto, contar con un programa adaptado a la normativa que genere dichos registros y los almacene para quedar a su disposición cuando los solicite.
