VERI*FACTU se retrasa hasta 2027: claves del Real Decreto-ley 15/2025 y novedades fiscales para 2026

📌 Información importante sobre VERI*FACTU

El viernes 12 de diciembre se ha convalidado en el Congreso de los Diputados el Real Decreto-ley 15/2025, por el que se prorroga un año más la aplicación obligatoria del sistema VERI*FACTU.

📅 Nuevas fechas de entrada en vigor de VERI*FACTU

Con esta convalidación, la entrada en vigor de VERI*FACTU queda fijada en:

1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

1 de julio de 2027 para empresarios y profesionales con actividad económica en el IRPF.

Este retraso supone un alivio para empresas y autónomos que aún no habían adaptado sus sistemas de facturación a los nuevos requisitos.

🧾 VERI*FACTU y Suministro Inmediato de Información (SII)

Tal y como informa el REAF, aquellos contribuyentes que se hayan dado de alta en el Suministro Inmediato de Información (SII) con el objetivo de quedar excluidos de VERI*FACTU, deben saber que:

➡️ Desde la Administración Tributaria se está valorando regular, mediante norma reglamentaria, un plazo extraordinario de renuncia al SII.

ℹ️ Aclaración de la AEAT sobre VERI*FACTU en 2025

Trasladamos la respuesta informativa (no vinculante) facilitada por la AEAT, que consideramos de gran interés:

Aquellos contribuyentes que hayan iniciado el proceso de facturación con VERI*FACTU en 2025 no están obligados a continuar con él hasta su entrada en vigor obligatoria el 1 de enero de 2027.

📘 Novedades fiscales: módulos IRPF e IVA en 2026

Además, también se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1425/2025, que desarrolla para el año 2026:

El método de estimación objetiva del IRPF.

El régimen especial simplificado del IVA.

✅ Principales medidas:

Se mantienen los módulos tanto del IRPF como del IVA.

Se conserva la reducción del 5 % en el rendimiento neto de módulos del IRPF.

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